Comunidad de Bienes - Cantabria Emprendedora
Comunidad de Bienes
Es un contrato por el cual la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece (pro indiviso) a varias personas.
Se exige un mínimo de dos socios
Tributa por IPRF (rendimiento por actividades económicas)
Inconvenientes:
La responsabilidad frente a terceros es ilimitada.
Normativa
La Comunidad de Bienes no tiene personalidad jurídica propia, se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
Aviso importante CANTABRIA EMPRENDEDORA
Si tienes una idea de negocio, estas pensando en darte de alta como autónomo o en crear una empresa, pide cita lo antes posible en uno de nuestros Puntos de Atención a Emprendedores de Cantabria Emprendedora.
Un agente de emprendimiento te acompañara en la reflexión sobre tu proceso, recorriendo las fases que componen la metodología establecida, la cual es obligatoria si quieres solicitar las subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en la Comunidad de Cantabria.
Para obtener el informe de viabilidad indispensable para la tramitación de esta ayuda, y siempre previo a la solicitud de la misma, es necesaria la integración del solicitante en Cantabria Emprendedora a través de cualquiera de los Puntos de Atención.